Reforma al POASEN: Costa Rica se prepara para una mayor integración de renovables y almacenamiento Generación, Regulación

23/10/2023

Costa Rica

La Junta Directiva de la ARESEP resolvió someter a
audiencia pública nuevos cambios a la normativa para incluir aspectos
relacionados con recursos energéticos distribuidos, introducir aspectos de
comercialización entre agentes en alta tensión, entre otros.

Costa Rica
se encuentra en pleno proceso de revisión y reforma de la Norma Técnica de
Planeación, Operación y Acceso al Sistema Eléctrico Nacional (POASEN). Estos
cambios son liderados por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
(ARESEP), que busca optimizar el funcionamiento del SEN y adaptarlo a los retos
y oportunidades que plantea el panorama energético moderno.

En una
sesión explicativa sobre la propuesta de reforma a la POASEN, Flor Emilia
Ramírez Azofeifa, funcionaria de la ARESEP, compartió detalles sobre los
cambios propuestos vinculados al expediente IRN 003 2023.

En líneas
generales, se prevé una reestructuración del reglamento, llevándolo de 14
capítulos con 181 artículos hacia 17 capítulos con 174 artículos. Uno de los
aspectos más destacados de esta actualización es la incorporación de tres
nuevos capítulos: integración de energías renovables variables y sistemas de
almacenamiento, sistema de medición comercial y desempeño del Sistema Eléctrico
Nacional (SEN).

El agregado
principal que capta la atención entre empresas desarrolladoras e integradoras
del sector es el capítulo sexto que es sobre la integración al SEN de energías
renovables variables y sistemas de almacenamiento. Los artículos del 62 al 74
establecen nuevas condiciones para dicha integración, considerando aspectos
tanto para conexiones en alta como en media tensión. Estas modificaciones
serían esenciales para garantizar una integración segura y efectiva de fuentes
de energía limpia en la red nacional.

La reforma
también aborda cambios relacionados con recursos energéticos distribuidos en
específico. Los artículos del 75 al 82 se enfocan en las modificaciones
necesarias para una integración segura de estos recursos en el sistema
eléctrico nacional. Además, se introducen cambios significativos en el ámbito
de las transacciones en el Mercado Eléctrico Nacional (MEN), desde el artículo
83 al 89, con el fin de adaptar las regulaciones a las nuevas realidades del
mercado.

Otro
aspecto importante es la inclusión de condiciones técnicas y comerciales para
el suministro de abonados en alta tensión, que anteriormente se regían por la Norma
SUCOM (Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y
media tensión). Los artículos del 90 al 100 ahora contienen disposiciones
relacionadas con aspectos comerciales en alta tensión, cubriendo temas como
subestaciones, servidumbres, equipos de supervisión y condiciones de atención a
tensiones armónicas.

La
interconexión de generadores al SEN también se aborda en los artículos del 112
al 121, donde se definen condiciones comerciales y técnicas para esta
interacción.

En lo que
respecta a los aspectos contractuales, el artículo 123 precisa puntos sobre la
relación comercial, mientras que el artículo 126 se centra en aspectos técnicos
de la conexión. Del artículo 127 al 134, se detallan aspectos y requisitos en
los contratos para el suministro del servicio.

Un cambio
significativo que también introduce la propuesta de reforma es la atención al
desempeño del Sistema Eléctrico Nacional, que se desarrolla en los artículos
del 144 al 168. Estos artículos establecen criterios para el cálculo de
pérdidas, responsabilidades, control de generación y demanda, así como la
programación de racionamientos y escenarios relacionados. Además, se actualizan
los perfiles de carga y se oficializa la programación de racionamiento.

La
propuesta concluye con tres transitorios, uno de los cuales se refiere al cobro
por estudios de viabilidad técnica y económica para el acceso al SEN. Otro
otorga un plazo de 12 meses a los prestadores para cumplir con lo dispuesto en
el artículo 122, relacionado con los contratos. El tercer transitorio se enfoca
en las potestades jurídicas y técnicas para la operación del SEN, estableciendo
que mientras no haya un cambio, el ICE continuará operando el sistema, a través
del CENCE.

Es
importante destacar que esta propuesta de reforma se encuentra en proceso de
audiencia pública. Por lo cual, se invita a los interesados a acceder al
expediente IRN 003 2023 en el sitio web de ARESEP para consultar detalles
adicionales y enviar sus comentarios al correo consejero@aresep.go.cr.

Asimismo,
se invita a participar en una audiencia pública virtual que se llevará a cabo
el 15 de noviembre de 2023 a las 5:15 pm a través de la plataforma Zoom. El
enlace para unirse a la audiencia se encuentra en la convocatoria en el sitio
web de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. (Energía
Estratégica – Argentina)