El
Gobierno determinó a través del Decreto 465/2024 un período de transición hacia
la focalización de los subsidios. Será entre el 1 de junio y el 30 de
noviembre. Durante ese tiempo, confirma incrementos en las tarifas. Luego,
buscará implementar la Canasta Básica Energética.
El Gobierno
finalmente iniciará el proceso de redirección de subsidios. Así lo determinó la
publicación en el Boletín Oficial, que presenta el “Período de Transición hacia
Subsidios Energéticos Focalizados”, con vigencia hasta el 30 de noviembre.
Además, promueve el reempadronamiento en el RASE, con vistas a eliminar la
segmentación del gobierno anterior.
El Decreto
465/2024 determina la reestructuración de los regímenes de subsidios a la
energía a nivel nacional. Los objetivos son tres: trasladar a los usuarios los
costos reales de la energía, promover la eficiencia energética y asegurar a los
residenciales el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica y gas.
Este
esquema, que busca categorizar a los hogares según “situación de
subsidiariedad”, estará vigente desde el 1º de junio hasta el 30 de noviembre
de 2024. Sin embargo, podrá ser prorrogado por única vez, por un plazo de seis
meses, si así la Secretaría de Energía lo dispone mediante resolución.
El objetivo
central es cambiar la estructura de distribución de subsidios y focalizarlos
bajo los parámetros de Canasta Básica Energética (CBE), marcada por criterio de
ingresos y georreferenciación. De todos modos, sobre este punto no hay mayores
novedades: el Decreto sólo habla de calibrar las variables de este régimen de
subsidios en función de los resultados observados durante el Período de
Transición.
Tarifas
energéticas: cómo será el impacto en los usuarios
Bajo esta
lógica, si bien el período de transición contempla descuentos para los usuarios
de ingresos bajos (N2) y medios (N3), son los mismos sectores los que se verán
inicialmente afectados porque el Decreto elimina el tope que impide aplicar
incrementos que superen el 40% y el 80% del Coeficiente de Variación Salarial
(CVS), respectivamente.
También se
pondrá a revisión los criterios de inclusión en cada uno de los niveles de
segmentación dispuestos durante la gestión de Martín Guzmán al frente del
Ministerio de Economía. Asimismo, la Secretaría de Energía podrá establecer una
única categoría de usuarios residenciales que requieran asistencia para acceder
al consumo “indispensable” de energía.
Mientras
tanto, la transición propone el otorgamiento de una serie de facultades al
organismo que conduce Eduardo Chirillo, como el establecimiento de topes a los
volúmenes de consumo subsidiados para todos los segmentos residenciales, tanto
para la electricidad y gas, o bien la aplicación de descuentos o bonificaciones
sobre los usuarios N2 y N3 en el componente energético de la tarifa.
Sobre este
último punto, el Decreto propone compensar a las nueve empresas de distribución
que dejan de recaudar al aplicar dichos descuentos y bonificaciones.
Al mismo
tiempo, en una primera etapa podrán extender a los usuarios del Nivel 2 los
límites de consumo que ya rigen para los usuarios del Nivel 3, de 400 KWH
mensuales. Por encima de esas cantidades consumidas, se pagará el precio
mayorista de gas y energía eléctrica “establecidos por la Secretaría de Energía
o resultantes de la interacción de los agentes del mercado”.
Por último,
la publicación en el Boletín Oficial asegura que durante la vigencia del
Período de Transición se deberá considerar “la existencia de otros regímenes de
beneficios y/o subsidios a la energía vigentes, a fin de recomendar o proceder
a su adecuación, eliminación y/o reemplazo”. Sin embargo, Energía también
deberá proveer un mecanismo para establecer beneficios que correspondan a
entidades de bien público, clues de barrio y otras entidades sin fines de
lucro. (Ámbito – Argentina)